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Grupo Hoberg & Driesch

Condiciones de compra




POUCHARD TUBES ET BARRES, 36 rue Denis Papin, ZI de Mitry-Compans, 77290 Mitry-Mory, Capital 1.000.000,00 Euros, 849 442 132 RCS Meaux

ARTÍCULO 1 - INFORMACIÓN GENERAL

Las presentes Condiciones Generales de Compra (en adelante, las "CGC") se aplican exclusivamente a toda compra de materiales, objetos, componentes o servicios (en adelante, el/los "Producto(s)") ofrecidos o suministrados por cualquier proveedor o prestatario de servicios (en adelante, el "Proveedor") a POUCHARD TUBES ET BARRES, sus agentes o representantes (en adelante, el "Comprador").
El pedido (en adelante, el "Pedido") comprende las CGV, la orden de pedido y todos los documentos anexos al Pedido, como las especificaciones técnicas, comerciales y administrativas exigidas al Proveedor, constituyendo estos documentos la totalidad del contrato, con exclusión de cualquier otro documento no aceptado expresamente por el Comprador y, en particular, los catálogos, prospectos, publicidad, avisos, que sólo tienen un valor informativo e indicativo, no contractual.
En ausencia de disposiciones contractuales contrarias, expresamente acordadas por escrito, que puedan resultar de negociaciones entre el Comprador y el Proveedor (en adelante, las "Partes"), las CGC prevalecerán sobre cualesquiera condiciones generales, en particular las condiciones de venta del Proveedor.

A falta de aceptación expresa de las condiciones generales del Proveedor en el Pedido, se excluirá su aplicación y dichas condiciones generales se considerarán nulas de pleno derecho. A falta de disposición contractual en contrario, el mero hecho de que el Proveedor acepte el Pedido implicará que el Proveedor ha leído y aceptado íntegramente las CGC del Comprador. Las CGC podrán consultarse en la página web del Comprador en la siguiente dirección: https://www.pouchard.fr/, pudiendo ser modificadas en cualquier momento sin previo aviso. Dichas modificaciones son vinculantes para el Proveedor, quien, por lo tanto, deberá consultar periódicamente el sitio mencionado para comprobar las CGC en vigor.

ARTÍCULO 2 - PEDIDOS

El Pedido se emite tras negociaciones entre las partes basadas en las Condiciones Generales del Comprador. Todas las compras de Productos deberán estar amparadas por un formulario de pedido, especificándose que el Pedido sólo será vinculante para el Comprador si está firmado por un representante del Comprador debidamente autorizado para emitir Pedidos.
Los Pedidos realizados por correo electrónico, verbalmente o por teléfono sólo serán válidos si se confirman mediante una orden de pedido. Cada Pedido deberá ser aceptado en un plazo máximo de 5 (cinco) días a partir de la fecha de envío del mismo; en caso contrario, el Pedido podrá ser anulado por el Comprador sin obligación de justificación o, en su defecto, se considerará aceptado sin reservas por el Proveedor.

La aceptación de un Pedido o el inicio de su ejecución por parte del Proveedor se considerará como aceptación por parte del Proveedor de dicho Pedido y de las CGC, así como de los términos y condiciones especiales contenidos en el pedido o contrato que haga referencia a las CGC. Si el Proveedor acepta el Pedido con reservas, deberá notificarlo al Comprador en el plazo de cinco (5) días desde la recepción del Pedido en un documento escrito independiente.
En tal caso, el Comprador dejará de estar vinculado por dicho Pedido a menos que confirme por escrito su aceptación de dichos cambios. Es imprescindible que en todos los documentos del Proveedor relativos al Pedido se indiquen las siguientes referencias: código del Proveedor, número de Pedido, referencia del Comprador, lugar de entrega y dirección de facturación.

El Pedido del Comprador se considerará aceptado y definitivo una vez que el Proveedor confirme la aceptación del Pedido, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de emisión del Pedido, mediante acuse de recibo fechado y firmado. El silencio o la inacción del Comprador ante cualquier cláusula o condición del Proveedor que difiera del Pedido no tendrá efecto legal alguno y no constituirá aceptación por parte del Comprador.

ARTÍCULO 3 - ENTREGA Y PLAZOS DE ENTREGA


El Proveedor se compromete a entregar los Productos y/o Servicios en los lugares/fechas/plazos indicados en la orden de pedido y durante las horas de apertura del servicio de recepción. Salvo indicación contraria, toda entrega de Productos deberá ir acompañada de :

  • Un albarán de entrega por duplicado en el que consten, además de las referencias mencionadas en el artículo 2, la descripción de los Productos y las cantidades entregadas;
  • Todos los documentos exigidos por el Pedido.

El embalaje y la identificación se realizarán de conformidad con el Pedido y los reglamentos y normas vigentes. En particular, los Productos deberán estar correcta y suficientemente embalados, en embalajes apropiados teniendo en cuenta su naturaleza y las precauciones que deban tomarse para protegerlos contra las inclemencias del tiempo, la corrosión, los accidentes de carga o descarga, las dificultades de transporte y almacenamiento, las vibraciones o choques, etc.

Los bultos deberán estar claramente identificados mediante referencia a la correspondiente orden de pedido del Comprador. El Proveedor será responsable de las roturas, faltas y daños resultantes de un embalaje, marcado o etiquetado incorrecto o inadecuado. Todos los equipos que requieran despacho de aduanas correrán a cargo del Proveedor.


Salvo que se especifique lo contrario en el Pedido, las condiciones de entrega de los Productos serán "entregados en el destino acordado - DAP - Incoterms 2010" en el lugar de entrega de los Productos indicado en el Pedido. Salvo que se especifique lo contrario en el Pedido, el transporte de los Productos será por cuenta y riesgo del Proveedor. El Comprador se reserva el derecho a rechazar total o parcialmente la entrega de los Productos y a devolver o poner a disposición, por cuenta y riesgo del Proveedor, cualquier Producto :

  • Que no haya sido objeto de un Pedido o de una modificación aceptada por el Comprador;
  • Que se entregue fuera de plazo;
  • Que se entregue incompleto o en exceso.


La ausencia de reservas o reclamaciones en el momento de la aceptación de la entrega no constituye la aceptación definitiva de los Productos entregados ni la renuncia por parte del Comprador a cualquier recurso posterior debido a no conformidades del Pedido o a defectos de los Productos, aparentes o no. Los Productos deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Pedido y con los reglamentos y normas vigentes. En caso de Productos no conformes, el Comprador informará al Proveedor por escrito y se reserva el derecho, a su discreción :

  • Rechazar los Productos poniéndolos a disposición del Proveedor para que éste los recoja por su cuenta y riesgo dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de notificación de la no conformidad por parte del Comprador;
  • rechazarlos y devolverlos al Proveedor, por cuenta y riesgo de éste, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de notificación de la falta de conformidad por parte del Comprador.



Para toda entrega no conforme, el Comprador redactará una declaración de litigio con la correspondiente nota de adeudo. Los plazos acordados entre las Partes, en particular la fecha fijada para la entrega indicada en la orden de pedido, son imperativos y su cumplimiento constituye para el Comprador una causa esencial sin la cual no habría contratado. En caso de retraso en la entrega, el Proveedor deberá notificarlo inmediatamente por escrito al Comprador, especificando, en particular:

  • El motivo y/o duración probable y sus consecuencias en los plazos de entrega;
  • Cualquier información relativa a las medidas adoptadas para remediar la situación.



Cualquier Pedido que se entregue antes de la fecha de entrega "más temprana" podrá dar lugar a la devolución de los bienes a cargo del Proveedor. Del mismo modo, cualquier Pedido que no se entregue dentro de la fecha de entrega "más tardía" podrá ser cancelado por el Comprador, quien, si así lo desea, devolverá los bienes a cargo del Proveedor. En caso de incumplimiento de los plazos contractuales, el Comprador se reserva el derecho, a su elección y sin previo aviso formal :

  • O bien a mantener el Pedido, en cuyo caso el Proveedor incurrirá automáticamente, por cada día completo de retraso, sin perjuicio de un período de gracia de dos (2) días, en penalizaciones por demora por importe del uno (1) % del valor total del Pedido (precio de compra sin IVA) por día de retraso, hasta un máximo del quince (15) %, sin perjuicio de los daños y perjuicios que se le puedan reclamar;
  • O a anular el Pedido por cualquier retraso en la entrega superior a dos (2) semanas, aunque ya se hayan realizado entregas parciales, en cuyo caso el Proveedor incurrirá automáticamente en penalizaciones de hasta el quince (15) % del valor total del Pedido (precio de compra sin IVA), sin perjuicio de los daños y perjuicios que se le puedan reclamar;
  • O bien subsanar por sí mismo el retraso obteniendo suministros de otro Proveedor por cuenta y riesgo del Proveedor incumplidor. En este caso, el Comprador lo notificará al Proveedor incumplidor, quien dispondrá de un plazo de dos (2) semanas para proponer una solución alternativa al Comprador.


Queda excluida toda cláusula de reserva de dominio que retrase la transmisión de la propiedad prevista por el derecho común.

ARTÍCULO 4 - PRECIOS - FACTURACIÓN - PAGO

4.1 - Precios

Los precios aplicables son los que figuran en la Orden. Son firmes y no revisables. Salvo pacto en contrario, se entienden "entregados en el lugar de destino convenido - DAP - Incoterms 2010" en el lugar de entrega de los Productos indicado en el Pedido.
Estos precios deben incluir el coste de embalaje de los Productos y cualquier otro coste, riesgo o cargo relativo a la ejecución del Pedido, así como cualquier coste relativo a un embalaje adecuado para el transporte y la manipulación. Cualquier coste adicional, sea cual sea su naturaleza, deberá ser objeto de un acuerdo previo por escrito del Comprador mediante una modificación del Pedido específicamente indicada en la orden de pedido.
Los pedidos no darán lugar al pago sistemático de anticipos (ni fianzas ni depósitos), salvo que se estipule expresamente en el Pedido y en las condiciones particulares. En caso de que el Proveedor haya concedido precios inferiores o descuentos superiores a otras empresas por volúmenes de productos o servicios comparables a los adquiridos por el Comprador, las Partes se reunirán para discutir las modalidades de consideración de esta información.

Cualquier modificación del precio o de las condiciones de pago del Proveedor deberá ser comunicada al Comprador por cualquier medio (incluido el correo electrónico) con acuse de recibo al menos un (1) mes antes de su fecha de aplicación. En su defecto, la modificación del precio o de las condiciones de venta sólo será aplicable al Comprador un (1) mes después de haber sido puesta en su conocimiento.

4.2 - Facturación

Después de cada entrega de Productos en cumplimiento de un Pedido, el Proveedor deberá enviar las facturas originales, por duplicado, a nombre de POUCHARD TUBES ET BARRES, Service Comptabilité Fournisseur, de conformidad con los requisitos legales, en particular la información prevista en el artículo L. 441-3 del Código de Comercio francés y los del Comprador.

441-3 del Código de Comercio francés y las del Comprador, acompañadas de los justificantes firmados por ambas partes que acrediten la recepción de los Productos y/o Servicios. Asimismo, deberán incluir el número de Pedido, así como el modo de transporte y el destino de las mercancías. El Comprador se reserva, en particular, el derecho a rechazar cualquier factura :

  • Que no haya sido objeto de un Pedido en debida forma y no haya sido recibida por sus servicios;
  • que no incluya las referencias exigidas en el Pedido.


A efectos del cómputo de los plazos de pago, la fecha que se tomará en consideración será la de la recepción efectiva de los bienes o la prestación de los servicios. El Proveedor autoriza expresamente al Comprador a compensar las cantidades adeudadas por el Comprador o cualquier cesionario de las facturas con las adeudadas por el Proveedor, cualquiera que sea el motivo.

4.3 - Pago


A reserva de la conformidad de los Productos y salvo estipulación contraria en el Pedido, los pagos serán efectuados por el Comprador en un plazo de 45 días a partir de la fecha de la factura. En caso de retraso en el pago, los intereses de demora se limitarán a tres (3) veces el tipo de interés legal. Todo retraso en el pago dará lugar a una indemnización a tanto alzado por gastos de cobro de 40 euros.

ARTÍCULO 5 - GARANTÍAS - RESPONSABILIDAD

5.1 - Garantías

El Proveedor garantiza que, a partir de la fecha de entrega, los Productos, incluidos el embalaje y el etiquetado :

  • Son de buena calidad y cumplen con las buenas prácticas y están libres de cualquier defecto aparente u oculto (material y legal), defectos, errores, mano de obra defectuosa o funcionamiento defectuoso;
  • Sean conformes al pedido del Comprador en su totalidad y a las especificaciones y descripciones suministradas o adoptadas por el Comprador y puestas en conocimiento del Proveedor;
  • sean de la calidad que cabría esperar de un profesional diligente y competente, adecuados para el uso al que están destinados, es decir, el uso del que el Proveedor declara tener conocimiento en el momento de la aceptación del Pedido.

El Proveedor responderá de los defectos o deficiencias que afecten a los Productos de conformidad con la legislación aplicable y sus obligaciones contractuales.
Indemnizará al Comprador frente a cualquier reclamación de cualquier naturaleza que pudiera formularse al respecto, se compromete a soportar todas las consecuencias perjudiciales que pudieran derivarse para el Comprador y/o terceros y se compromete, en particular, a participar activa y financieramente en cualquier campaña de retirada de productos. Salvo que en el Pedido se disponga otra cosa, el Proveedor se compromete a garantizar los Productos, cualquiera que sea el motivo de su falta de conformidad, durante un plazo mínimo de dos (2) años a partir de la fecha de entrega de los Productos. Por lo tanto, el Proveedor se compromete frente al Comprador y frente a cualquier cliente sub-comprador, durante todo este periodo, a asegurar a su exclusivo cargo el mantenimiento, reparación o sustitución de los Productos defectuosos (a elección del Comprador), especificándose que esta garantía significa que el Proveedor correrá con todos los gastos relativos a la reparación o sustitución de los Productos (tales como mano de obra, gastos de viaje y transporte, etc.) sin perjuicio de la aplicación de los términos del artículo 5.2 siguiente.
Cualquier Producto defectuoso que sea reparado o sustituido estará cubierto por una garantía en los mismos términos que los expuestos anteriormente. Por lo tanto, en caso de falta de conformidad, el Comprador podrá elegir entre :

  • Anular el Pedido tras informar al Proveedor;
  • O bien obtener, a cargo del Proveedor, la sustitución inmediata de los Productos no conformes por Productos idénticos o de mejor calidad en las mismas condiciones de precio y en un plazo de quince (15) días a partir de la recepción de la reclamación, sin perjuicio de las indemnizaciones que pueda reclamar el Comprador por todas las consecuencias económicas directas e indirectas derivadas de los daños de cualquier naturaleza causados a personas o bienes, así como de las medidas de retirada de los Productos por cualquier motivo.


Los Productos no conformes deberán ser devueltos, en su caso, al Proveedor a portes pagados, acompañados de una "nota de devolución" en la que se especifique su estado. El Proveedor seguirá siendo responsable de derecho común, incluso más allá del periodo de garantía contractual, por los defectos o vicios de los Productos.

5.2 - Responsabilidad civil

El Proveedor será responsable y se compromete a soportar todas las consecuencias financieras directas e indirectas derivadas de todos los daños directos, indirectos, fortuitos, especiales, materiales o inmateriales, consecuenciales o no consecuenciales de cualquier tipo, incluido el lucro cesante sufrido por el Comprador, su personal o un tercero como consecuencia de un retraso en la entrega, defectos en los Productos o cualquier otra deficiencia por parte del Proveedor, pero también como consecuencia de cualquier incumplimiento o mala ejecución del Pedido por parte del Proveedor o daños de cualquier tipo causados a personas y/o bienes, así como medidas de retirada, suspensión, consignación, recuperación con reembolso al cliente, modificación y/o destrucción de los Productos, ya sean tales medidas ordenadas por las autoridades públicas (incluidos los tribunales) o voluntarias y cualesquiera que sean los motivos invocados, en particular en caso de defecto latente, incumplimiento de una norma o reglamento, o defecto de seguridad.
El Proveedor indemnizará dichos daños y perjuicios en su totalidad, sin limitación alguna en cuanto a su naturaleza o importe.

ARTÍCULO 6 - SEGUROS

El Proveedor declara y garantiza que ha suscrito, tanto por cuenta propia como por cuenta de los subcontratistas que pudiera tener, con una compañía de seguros de reconocida solvencia, una póliza de seguro que garantice las consecuencias pecuniarias de la responsabilidad civil profesional que pudiera corresponderle a él o a los subcontratistas que pudiera tener, en particular, frente al Comprador, su personal y/o terceros y adecuada al objeto y alcance de la relación contractual.
El Proveedor se compromete a acreditar, en cualquier momento, a simple requerimiento del Comprador, la efectiva suscripción de la póliza de seguro y el pago de las primas correspondientes.
Corresponde al Proveedor informar al Comprador de cualquier modificación, suspensión o cancelación de su póliza de seguro. En ningún caso podrá considerarse que la póliza de seguro suscrita por el Proveedor limita sus obligaciones y responsabilidades derivadas del Pedido.

ARTÍCULO 7 - CESIÓN - SUBCONTRATACIÓN

Salvo previo consentimiento por escrito del Comprador, el Proveedor no podrá transferir en modo alguno ni ceder a terceros la totalidad o parte de los derechos y obligaciones derivados del Pedido.

En caso de cambio de control del Proveedor, ya sea directo o indirecto, de cesión o de fondos, el Comprador tendrá derecho a rescindir el Pedido de conformidad con la Cláusula 9. El Pedido no podrá ser subcontratado, en todo o en parte, directa o indirectamente, por el Proveedor, sin el acuerdo previo y expreso del Comprador. Si se autoriza al Proveedor a subcontratar la totalidad o parte del Pedido a terceros, dichas operaciones de subcontratación correrán a cargo exclusivo del Proveedor. El Proveedor será el único y total responsable ante el Comprador de la completa y perfecta ejecución del Pedido y del cumplimiento de las BPC por parte de sus subcontratistas.
El Proveedor notificará a todos sus subcontratistas las cláusulas de las presentes CGC, así como las del Pedido, y les facilitará toda la información relativa a las exigencias del Comprador, reservándose éste el derecho de rechazar a cualquier subcontratista que no cumpla con estas condiciones. En este caso, el Proveedor se asegurará de que sus subcontratistas cumplan también con las obligaciones derivadas del Código Laboral francés.
Asimismo, se compromete a respetar las disposiciones de la Ley nº 75-1334 de 31 de diciembre de 1975 relativa a la subcontratación. En caso de cesión o subcontratación por parte del Proveedor sin la autorización previa y por escrito del Comprador, éste podrá rescindir el Pedido de pleno derecho sin que el Proveedor tenga derecho a reclamar indemnización alguna.

ARTÍCULO 8 - DISPOSICIÓN Y FUERZA MAYOR

8.1 - Anticipación

Cada una de las Partes declara que renuncia expresamente, con pleno conocimiento de causa, a invocar las disposiciones del artículo 1195 del Código Civil francés y el régimen de imprevisión previsto en el mismo. Las Partes se comprometen a cumplir sus obligaciones incluso si el equilibrio contractual se ve alterado por circunstancias imprevisibles en el momento de la celebración del contrato, incluso si su cumplimiento resulta excesivamente oneroso, y a asumir todas las consecuencias económicas y financieras que de ello se deriven.

8.2 - Fuerza mayor

Cualquier acontecimiento ajeno a la voluntad del deudor y razonablemente imprevisible en el momento de la formación del contrato y que las Partes no hayan podido evitar o superar en el momento de su ocurrencia, que imposibilite el cumplimiento total o parcial de las obligaciones derivadas del contrato (incluyendo, entre otros, una parada de producción, escasez de equipos, materias primas o mano de obra, interrupción del transporte, incendio, inundación, accidente de fabricación, etc.) se considerará causa de liberación de las obligaciones de las Partes.
En caso de producirse tal evento, la Parte afectada deberá informar inmediatamente a la otra Parte por teléfono o correo electrónico, seguido de una confirmación por carta certificada con acuse de recibo Si el evento es sólo temporal, los efectos del contrato se suspenderán hasta que la situación vuelva a la normalidad.
Si el acontecimiento de fuerza mayor que obliga al Proveedor a suspender el cumplimiento de sus obligaciones se prolonga durante más de treinta (30) días, el Comprador podrá solicitar la resolución automática del Pedido, con efecto inmediato, mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo, sin que ninguna de las partes reciba indemnización alguna por dicha resolución.

ARTÍCULO 9 - RESCISIÓN

Cualquier Pedido podrá ser resuelto ipso iure en cualquier momento por cualquiera de las Partes, Proveedor o Comprador, en caso de incumplimiento por la otra Parte de cualquiera de sus obligaciones, transcurridos quince (15) días desde que haya quedado sin efecto la notificación formal, enviada por carta certificada con acuse de recibo por la Parte perjudicada a la Parte incumplidora, sin perjuicio del derecho de la Parte perjudicada a reclamar a la Parte incumplidora una indemnización por los daños y perjuicios que haya podido sufrir.

ARTÍCULO 10 - CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN LABORAL - FRAUDE Y CORRUPCIÓN

10.1 Cumplimiento de la legislación laboral

El Proveedor se compromete a respetar todas las disposiciones del Código de Trabajo francés, en particular en materia de trabajo no declarado y trabajo infantil. El Proveedor también se compromete a garantizar que el Pedido se realice de conformidad con la legislación social vigente en el país en el que se lleve a cabo el Pedido, mientras duren sus relaciones comerciales con el Comprador.

10.2 Fraude y corrupción


El Proveedor tomará todas las medidas necesarias para evitar cualquier actividad fraudulenta por parte de sus representantes en relación con los pagos efectuados por el Comprador. El Proveedor se compromete y garantiza que no ha dado ni dará ni acordará dar a ningún empleado, agente o representante del Comprador ningún regalo o comisión en relación con el Pedido del Comprador.

En caso de que el Proveedor incumpla estas disposiciones, el Comprador podrá rescindir el Pedido en curso sin perjuicio de cualquier recurso que el Comprador decida interponer contra el Proveedor. El Proveedor se compromete a garantizar que sus empleados y subcontratistas cumplan las obligaciones establecidas en el presente artículo.

ARTÍCULO 11 - CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Toda la información, documentos comerciales y técnicos de todo tipo, incluidos los estudios o dictámenes técnicos, derivados de la ejecución del pedido/contrato y protegidos o no por derechos de propiedad intelectual (en lo sucesivo, los "Documentos e Información") al Proveedor serán y seguirán siendo propiedad exclusiva del Comprador.

11.1 - Confidencialidad


El Proveedor se compromete a tratar los Documentos y la Información de forma confidencial y se abstendrá de comunicarlos y/o transmitirlos de cualquier forma a terceros, salvo previa autorización por escrito del Comprador. El Proveedor se abstendrá de hacer referencia a sus relaciones comerciales con el Comprador, salvo previa autorización por escrito del Comprador.

11.2 - Propiedad intelectual

Todos los derechos de propiedad intelectual se ceden al Comprador.
El precio mencionado en el pedido incluye el precio de la cesión de todos los derechos de propiedad intelectual. A este respecto, si los Documentos e Informaciones incluyen derechos de autor, el Proveedor nos cede de forma exclusiva y definitiva, por la duración legal de los derechos de autor y para todo el mundo, todos los derechos de autor vinculados a dichos Documentos e Informaciones.
Estos derechos incluyen los derechos de reproducción, representación, modificación, adaptación, traducción y comercialización en todas sus formas, total o parcialmente, por todos los medios y en todos los soportes conocidos o futuros. El Proveedor deberá garantizar que ningún tercero pueda hacer valer derechos o reclamaciones relativos a una infracción de los derechos de propiedad intelectual resultantes de los suministros objeto del pedido y/o de su explotación/utilización, en particular todos los derechos reales y derechos de propiedad intelectual tales como derechos de patente, marcas, modelos, dibujos y derechos de autor (en adelante: "Derechos de Propiedad").

Si un tercero presenta una reclamación contra el Comprador por violación de los Derechos de Propiedad relativos a un pedido realizado por el Proveedor, el Proveedor deberá, a sus expensas y sin perjuicio de los demás derechos del Comprador, a elección de éste, bien obtener un derecho de uso, bien modificar o sustituir el pedido de forma que los Derechos de Propiedad ya no puedan ser impugnados y de conformidad con el pedido en todos sus aspectos. Se especifica que el Proveedor se compromete, a sus expensas, a garantizar la devolución de las existencias de los pedidos en cuestión que ya hayan sido entregados. En el marco de las reclamaciones mencionadas, las sumas/gastos que el Comprador deba soportar por cualquier motivo, en particular en concepto de costes, honorarios, daños e intereses, serán reembolsados íntegramente por el Proveedor a primera solicitud del Comprador y sin demora.

ARTÍCULO 12 - CONTROL DE LAS EXPORTACIONES



El Proveedor se compromete a cumplir y garantiza el cumplimiento de todas las leyes y reglamentos nacionales e internacionales en materia de control de exportaciones. El Proveedor obtendrá todas las licencias de exportación nacionales e internacionales o permisos similares necesarios para cumplir todas las leyes y reglamentos aplicables en materia de control de exportaciones. El Proveedor se compromete a indemnizar y eximir de responsabilidad al Comprador frente a todas las reclamaciones y costes (incluidos los honorarios de abogados) derivados del incumplimiento por parte del Proveedor de la normativa aplicable en materia de control de exportaciones.

ARTÍCULO 13 - CONFORMIDAD DE LOS PRODUCTOS CON LOS REGLAMENTOS Y NORMAS

En el marco de la ejecución del Pedido, el Proveedor garantiza al Comprador que los Productos cumplen los reglamentos y normas aplicables relativos, en particular, a la salud, la higiene, la seguridad, la trazabilidad de los Productos y la protección del medio ambiente. El Proveedor facilitará al Comprador, en el momento de la entrega o a la primera solicitud de éste, los certificados exigidos por la normativa y relativos a los Productos.
Esto incluye la aplicación de las disposiciones del Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (Reglamento REACH) y del Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (Reglamento CLP). Además, el Proveedor se compromete a :

  • Aplicar todas las medidas necesarias en el establecimiento de sus cadenas de suministro para garantizar que los siguientes materiales : Tantalio, Estaño, Tungsteno y Oro, no proceden de un país en zona de conflicto o de alto riesgo, y ;
  • Facilitar, previa solicitud, los datos relativos a dichas cadenas de suministro.

Cualquier incumplimiento de las disposiciones anteriores dará lugar a la terminación inmediata de las relaciones comerciales con el proveedor, sin previo aviso.

ARTÍCULO 14 - LENGUA APLICABLE - LEY APLICABLE - SOLUCIÓN DE LITIGIOS


Cualquier litigio relativo a la aplicación, interpretación y ejecución de las presentes CGV y todas las relaciones contractuales entre las Partes se regirán por la legislación del país en el que el Comprador que realiza el Pedido tenga su domicilio social, es decir, la legislación francesa.
Las Partes excluyen expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), así como las normas de derecho internacional privado. Las diferencias que puedan surgir entre las Partes en cuanto a la validez, interpretación o ejecución de las presentes CGV y las relaciones contractuales entre el Comprador y el Proveedor serán objeto de un intento de resolución amistosa entre las Partes.
Si fracasa el intento de resolución amistosa, el litigio se someterá al Tribunal de Comercio de la jurisdicción del domicilio social del Comprador, incluso en caso de reclamación de terceros o de pluralidad de demandados. No obstante, el Comprador se reserva el derecho exclusivo de llevar cualquier litigio en el que esté implicado el Proveedor ante los Tribunales de la jurisdicción del domicilio social del Proveedor o ante los Tribunales de la jurisdicción del lugar de entrega de los Productos.

Versión: junio de 2019