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Grupo Hoberg & Driesch

ARTÍCULO 1 - CLÁUSULAS GENERALES

Las presentes Condiciones Generales de Venta (en adelante, las "CGV") se aplican exclusivamente y especifican los derechos y obligaciones de la empresa POUCHARD TUBES ET BARRES, sus agentes o representantes (en adelante, el "Vendedor") y su cliente (en adelante, el "Cliente") en el marco de cualquier venta o suministro de productos y servicios (en adelante, el/los "Producto(s)").
Todo pedido realizado al Vendedor implica que el Cliente ha leído y aceptado sin reservas las Condiciones Generales de Venta del Vendedor, quedando excluida la aplicación de las condiciones generales de compra del Cliente, considerándose estas últimas nulas de pleno derecho, aunque el Cliente haga referencia a las mismas en su formulario de pedido, salvo acuerdo expreso previo y por escrito entre el Vendedor y el Cliente (en adelante, las "Partes").
La aceptación plena y sin reservas por parte del Cliente de las presentes CGC, junto con las condiciones específicas del Vendedor contenidas en su oferta, su acuse de recibo del pedido, acompañadas, en su caso, de otros documentos expresamente mencionados en el acuse de recibo del pedido, constituyen la totalidad del contrato celebrado entre las Partes (en adelante, el "Contrato"), con exclusión de cualquier otro documento y, en particular, de los catálogos, prospectos, anuncios y avisos, que tienen carácter meramente informativo y no contractual.
Las CGV están disponibles para su consulta en el sitio web del Vendedor en la siguiente dirección: www.pouchard.fr, y podrán ser modificadas en cualquier momento sin previo aviso. Dichas modificaciones son vinculantes para el Cliente, que deberá por tanto consultar periódicamente el sitio mencionado para comprobar las CGV en vigor.

ARTÍCULO 2 - OFERTAS Y PEDIDOS COMERCIALES

2.1 Ofertas comerciales

Las ofertas comerciales realizadas por el Vendedor son válidas durante un periodo de dos (2) semanas a partir de la fecha en que se redactan, salvo que se indique lo contrario en la oferta. En su caso, es deseable que el Cliente facilite al Vendedor especificaciones precisas relativas a sus necesidades con el fin de que el Vendedor pueda realizar ofertas lo más precisas posible, en particular, pero no exclusivamente, en el caso de la venta de productos a medida o "llave en mano".

2.2 Controles

Un pedido sólo se convierte en definitivo tras la confirmación por escrito del Vendedor en forma de acuse de recibo del pedido, por una parte, y la cobertura del riesgo de crédito por la aseguradora de crédito del Vendedor o cualquier otro medio que garantice el riesgo (garantías bancarias, anticipos, etc.), por otra.

El pedido así aceptado no podrá ser modificado parcial o totalmente por el Cliente durante su ejecución sin el acuerdo previo y por escrito del Vendedor. Cualquier anulación parcial o total de un pedido durante su ejecución es imposible y no será aceptada por el Vendedor. Todas las informaciones y/o especificaciones, todos los precios y/o tarifas indicados en los catálogos y/o documentación del Vendedor se dan a título indicativo y sólo serán vinculantes para el Vendedor una vez que hayan sido confirmados por escrito mediante el acuse de recibo del pedido.

No se podrá hacer ningún pedido por un importe total inferior a 150 euors sin IVA. En caso de que el Cliente haga un pedido al Vendedor sin haber pagado el/los pedido(s) anterior(es), el Vendedor podrá negarse a atender el pedido y a entregar la mercancía en cuestión sin que el Cliente pueda reclamar indemnización alguna por ningún motivo.

ARTÍCULO 3 - PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO

3.1 - Precios

El precio de los productos es el estipulado en el acuse de recibo del pedido. Salvo estipulación expresa en contrario en el acuse de recibo del pedido, el precio es neto, en euros y sin descuento para los productos puestos a disposición con pago contra reembolso.
Las entregas intracomunitarias se facturarán libres de IVA de conformidad con el artículo 262 Ter-1 del Código General de Impuestos francés. Salvo estipulación contraria en el acuse de recibo del pedido, nuestras ofertas se consideran realizadas "Ex-Works/ A l'Usine" (Incoterm 2010), todos los impuestos, gastos de transporte, embalaje y cualquier otro gasto similar asociado al pedido correrán exclusivamente a cargo del Cliente.

3.2 - Condiciones de pago


Salvo acuerdo expreso en contrario por parte del Vendedor y establecido como condición especial en el acuse de recibo del pedido, los pagos serán efectuados por el Cliente a más tardar 45 días después del final del mes de facturación, mediante cheque, transferencia bancaria o letra de cambio (giro) librada en la divisa estipulada. El pago será neto de cualquier deducción, retención u otro cargo.

Salvo disposición de orden público en contrario, el impago total o parcial del precio en la fecha de vencimiento acordada hará inmediatamente exigibles todas las facturas o letras de cambio pendientes de pago, así como todos los pedidos en curso sobre facturas proforma. Este impago acarreará ipso iure y sin requerimiento previo las siguientes consecuencias, de conformidad con el artículo L. 441-6, I del Código de Comercio francés:

  • Se aplicarán inmediatamente al Cliente penalizaciones sobre las sumas adeudadas a un tipo igual al tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su última operación de refinanciación más 10 puntos;
  • Los intereses se devengarán a partir de la fecha en que la suma en litigio sea pagadera, sin necesidad de requerimiento;
  • Cualquier retraso en el pago también dará lugar al pago por parte del Cliente de una indemnización fija por gastos de cobro de 40 euros;
  • El Vendedor podrá solicitar al Cliente una indemnización adicional si los gastos de cobro efectivamente incurridos superan este importe, y en particular los gastos bancarios, de protesto y de timbre, previa presentación de justificantes.

A título de sanción de conformidad con las disposiciones del Código Civil francés y sin perjuicio de cualquier otro perjuicio, el Cliente será automáticamente responsable ante el Vendedor de todos los gastos incurridos para obtener el pago retenido, sin requerimiento previo.

El Vendedor, utilizando una aseguradora de crédito, se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento pagos al contado y/o la prestación de garantías y/o condiciones de pago modificadas en relación con las condiciones estándar en caso de que el crédito concedido por la aseguradora de crédito a un Cliente sea insuficiente para cubrir el importe pendiente. Si el Cliente no paga y transcurridos ocho (8) días desde la notificación formal por carta certificada con acuse de recibo y ésta ha quedado sin efecto, el Vendedor podrá resolver o suspender la ejecución de la totalidad o parte del Contrato con efecto inmediato en perjuicio exclusivo del Cliente. El Vendedor notificará su decisión al Cliente por cualquier medio y la mercancía deberá ponerse a disposición del Vendedor inmediatamente.

ARTÍCULO 4 - ENTREGA Y RECLAMACIONES


Salvo que el Vendedor acuerde expresamente lo contrario por escrito y se establezca como condición específica en el acuse de recibo del pedido, la transferencia del riesgo al Cliente tendrá lugar en la fábrica del Vendedor, antes de la carga de los Productos, de conformidad con el Incoterm "Ex-Works/ A l'Usine" (Incoterm 2010). Los plazos de entrega se dan a título indicativo y no son vinculantes para el Vendedor. Los retrasos no justificarán ninguna reclamación por daños y perjuicios, reducción del precio, anulación del pedido o rescisión del Contrato contra el Vendedor.
Es responsabilidad del Vendedor informar al Cliente de cualquier retraso lo antes posible. Si el envío de la mercancía se retrasa por culpa del Cliente, se podrá emitir una factura por la puesta a disposición de la mercancía, pagadera en el mismo plazo que si la mercancía se hubiera enviado en la fecha estipulada en el Contrato.

Si el Cliente no toma posesión de la entrega tras la notificación de disponibilidad para la expedición, deberá abonar el 1% del valor de los Productos por cada mes de retraso en concepto de gastos de almacenamiento. Quedan excluidas todas las penalizaciones por retraso no acordadas expresamente en los documentos enumerados en el artículo 1 del presente documento.
En caso de que se hayan acordado penalizaciones por retraso en la entrega, éstas serán a tanto alzado y liberatorias. A falta de un albarán de entrega firmado por ambas partes, para que sean válidas, las reclamaciones relativas a defectos visibles, a la composición y cantidad de los Productos entregados o a su no conformidad con el albarán de entrega, deberán formularse en un plazo de 8 días a partir de la entrega de los Productos, sin perjuicio de las medidas que deban adoptarse respecto al transportista, so pena de ser rechazadas.
Las reclamaciones deberán efectuarse antes de que se lleve a cabo cualquier tratamiento, siendo responsabilidad del Cliente aportar todas las pruebas de los posibles defectos o faltas de los Productos.

La aceptación incondicional de los Productos pedidos por el Cliente cubre cualquier defecto aparente y/o falta de Producto. La presentación de una reclamación no autoriza al Cliente a suspender el pago de la factura correspondiente a los Productos en cuestión ni a reducir el precio de los mismos. Ningún Producto podrá ser devuelto al Vendedor sin su acuerdo previo. En este caso, las devoluciones deberán hacerse DAP ("Delivered at Place" Incoterms 2010) a la dirección indicada por el Vendedor. El Vendedor declina toda responsabilidad en caso de pérdida o deterioro de los paquetes.

En este último caso, no podrá probarse el defecto ni demostrarse la falta de conformidad. Cuando, tras una inspección, el Vendedor constate efectivamente un defecto o una falta aparente, el Cliente sólo podrá solicitar al Vendedor la sustitución de los Productos no conformes y/o la compensación de las faltas a cargo de este último, sin que el Cliente pueda reclamar indemnización alguna ni anular el pedido. Salvo estipulación en contrario, el Vendedor se reserva el derecho de realizar entregas parciales que darán lugar a las correspondientes facturas.

ARTÍCULO 5 - LÍMITES DE SUMINISTRO Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE

De conformidad con la normativa vigente, cualquier venta o suministro de Productos está sujeto a garantías legales.
El compromiso del Vendedor se limita estrictamente al suministro de Productos de conformidad con las especificaciones contractuales. El Vendedor no será en ningún caso responsable de la conformidad del Producto con el uso para el que el Cliente lo destinó; sólo se garantiza la conformidad del Producto con las especificaciones contractuales. Cualquier asesoramiento técnico proporcionado por el Vendedor, ya sea verbalmente, por escrito o mediante pruebas, antes y/o durante el uso de los Productos, no constituirá en modo alguno un compromiso por parte del Vendedor ni se interpretará como demostrativo de la existencia de una obligación por parte del Vendedor de asesorar al Cliente.
El Cliente se compromete a comunicar y facilitar la consulta de toda la información (a ser posible en soporte electrónico) y de todos los documentos necesarios para que el Vendedor pueda cumplir con sus obligaciones en las mejores condiciones y en el menor plazo posible, a definir claramente sus necesidades y a suministrar datos de calidad, documentados y exhaustivos en el plazo requerido, así como a colaborar activa y permanentemente con el Vendedor.

ARTÍCULO 6 - GARANTÍA CONTRACTUAL

El Vendedor garantiza que los Productos se ajustan a las especificaciones contractuales. Se toleran desviaciones en cantidad y calidad dentro de los límites de las normas vigentes o de la práctica actual.
Los Productos se considerarán entregados a pesar de cualquier desviación razonable en el peso resultante de las tolerancias habituales derivadas de las capacidades de las herramientas de producción de los fabricantes de los Productos entregados. Corresponde al Cliente aportar la prueba de que los Productos suministrados en virtud del Contrato no se ajustan a la garantía contractual. El Cliente deberá notificarlo por escrito al Vendedor en un plazo de cinco (5) días laborables a partir del momento en que descubra la no conformidad o el defecto.
En este caso, si se comprueba el defecto, el Vendedor se reserva el derecho de proceder directa o indirectamente a cualquier observación y verificación in situ, y estará obligado, a su discreción, bien a sustituir los Productos no conformes a su cargo, bien a reembolsar al Cliente en forma de abono por el valor del precio facturado, con exclusión de cualquier otro recurso. Quedan excluidos de la presente garantía los siguientes defectos:

  • Defectos debidos a un uso anormal por parte del Cliente y/o negligencia por parte del Cliente al manipular, almacenar o instalar los Productos sin respetar las especificaciones e instrucciones del Vendedor y/o las normas de uso;
  • Defecto resultante de la reparación o modificación de los Productos por el propio Cliente o por un tercero sin el acuerdo previo por escrito del Vendedor;
  • Defectos que no existían cuando los Productos fueron entregados por el Vendedor.

ARTÍCULO 7 - RESPONSABILIDAD Y SEGURO


El Vendedor no se responsabiliza de los trabajos de transformación efectuados en los Productos fuera de sus fábricas. En caso de que se establezca la responsabilidad del Vendedor, en particular en relación con el suministro de los Productos, la ejecución del Contrato, negligencia por parte del Vendedor o cualquier otro motivo, dicha responsabilidad se limitará a la indemnización por daños y perjuicios hasta el importe correspondiente al valor del Producto objeto de la mala ejecución o no ejecución y no excederá de un máximo de 45.000 euros por pedido que dé lugar a la reclamación, salvo acuerdo expreso del Cliente.
El Vendedor sólo podrá ser considerado responsable por daños materiales directos y únicamente en caso de falta cometida por el Vendedor y probada por el Cliente. En ningún caso el Vendedor será responsable de los daños causados por culpa y/o negligencia del Cliente y/o de un tercero.
Se excluye expresamente la responsabilidad del Vendedor por cualquier daño y/o perjuicio indirecto y/o consecuencial y/o no consecuencial (en el sentido de la ley de seguros) y/o financiero sufrido por el Cliente o un tercero, resultante en particular, pero sin que esta lista sea exhaustiva, de una acción entablada contra el Cliente por un tercero, lucro cesante, pérdida de explotación, pérdida de producción, pérdida de volumen de negocios, pérdida de datos, privación de un derecho, interrupción de un servicio prestado por una persona o un bien, daño a la imagen de marca, pérdida de oportunidad, etc. Cualquier acción por parte del Cliente relativa a un Producto prescribirá al cabo de un año como máximo a partir de la fecha de expiración del periodo de garantía contractual de dicho Producto.

ARTÍCULO 8 - REVISIÓN Y FUERZA MAYOR

8.1 - Anticipación

Cada una de las Partes declara que renuncia expresamente, con pleno conocimiento de causa, a acogerse a lo dispuesto en el artículo 1195 del Código Civil y al régimen de caso fortuito previsto en el mismo. Las Partes se comprometen a cumplir sus obligaciones aunque el equilibrio contractual se vea alterado por circunstancias imprevisibles en el momento de la celebración del contrato, aunque su cumplimiento resulte excesivamente oneroso, y a soportar todas las consecuencias económicas y financieras que de ello se deriven.

8.2 - Fuerza mayor

Se consideran causas de exoneración de las obligaciones de las Partes cualquier acontecimiento que escape al control del Deudor y que no haya podido preverse razonablemente en el momento de la formación del Contrato y que las Partes no hayan podido evitar o superar en el momento de su ocurrencia, imposibilitando el cumplimiento total o parcial de las obligaciones previstas en el Contrato (incluyendo, pero no limitándose a, una parada de la producción, una escasez de equipos, materias primas o mano de obra, una interrupción del transporte, un incendio, una inundación, un accidente de fabricación, etc.).
En caso de que se produzca un evento de este tipo, la Parte afectada deberá informar inmediatamente a la otra Parte por teléfono o correo electrónico, seguido de una confirmación por carta certificada con acuse de recibo . Si el evento es sólo temporal, los efectos del Contrato se suspenderán hasta que la situación vuelva a la normalidad y el Vendedor se reserva el derecho de suspender temporalmente la entrega de los Productos pedidos por el Cliente.
Si el acontecimiento de fuerza mayor que obliga al Cliente a suspender el cumplimiento de sus obligaciones se prolonga durante más de treinta (30) días, el Vendedor podrá solicitar la resolución automática del Contrato, con efecto inmediato, mediante el envío de una carta certificada con acuse de recibo, sin que ninguna de las partes reciba indemnización alguna como consecuencia de dicha resolución.

ARTÍCULO 9 - CLÁUSULA DE RESERVA DE DOMINIO



De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2367 y siguientes del Código Civil francés, el Vendedor conserva la plena propiedad de los Productos objeto del Contrato hasta el pago efectivo de la totalidad del precio en principal y accesorios. La presentación de letras de cambio o valores que creen una obligación de pago no constituye un pago en el sentido de la presente cláusula. A partir de la fecha en que los Productos se pongan a disposición de Ex Works, el Cliente asume la responsabilidad de los daños que puedan sufrir o causar los Productos por cualquier motivo.
El Cliente se compromete a almacenar los Productos de manera que no puedan confundirse con otros Productos y a mantener intactas las marcas de identificación. Si el Cliente deja impagado todo o parte de un plazo, el Vendedor se reserva el derecho a exigir la devolución de todos los Productos entregados por cuenta, riesgo y ventura del Cliente, sin perjuicio de cualquier otro derecho, en particular su derecho a cancelar las ventas en curso.
No obstante, el Cliente podrá revender y transformar los Productos en las siguientes condiciones:

  • El Cliente está autorizado a revender los Productos entregados en el curso normal de su actividad, pero no podrá pignorarlos ni transferir su propiedad a título de garantía. No podrán ser embargados;
  • El Cliente también está autorizado a procesar los Productos entregados como parte de sus operaciones comerciales normales. En caso de transformación, el Vendedor adquiere la propiedad de los Productos resultantes de la transformación para garantizar los derechos del Vendedor.
  • En caso de embargo o de cualquier otra intervención por parte de un tercero, el Cliente deberá notificarlo inmediatamente al Vendedor;
  • La autorización de reventa y transformación se retirará automática e inmediatamente en caso de insolvencia o morosidad del Cliente.


En caso de venta y/o entrega de los Productos, ya sea tal cual o tras su transformación o incorporación, el Cliente deberá informar al tercero comprador de la existencia de la cláusula de reserva de dominio y facilitar al Vendedor toda la información y documentos necesarios para el cobro de la deuda cedida; En caso de reventa o transformación, el Cliente se compromete a pagar inmediatamente al Vendedor la parte del precio aún adeudada.

ARTÍCULO 10 - CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN



El Vendedor podrá ceder libremente la totalidad o parte de sus derechos y obligaciones derivados de un Contrato con el Cliente a un tercero de su elección. El Cliente no podrá ceder en ningún caso los derechos y obligaciones adquiridos en virtud de este Contrato sin el previo consentimiento expreso del Vendedor. El Vendedor se reserva el derecho de utilizar subcontratistas para la ejecución del Contrato sin que ello requiera la previa información y consentimiento del Cliente, que éste reconoce y acepta. Por su parte, el Cliente no subcontratará la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones derivados del Contrato a un tercero sin haber obtenido previamente el consentimiento del Vendedor.

ARTÍCULO 11 - TERMINACIÓN Y RESCISIÓN

Si el Cliente incumple sus obligaciones contractuales, el Vendedor podrá enviarle un requerimiento de cumplimiento mediante carta certificada con acuse de recibo y, transcurrido un plazo de quince (15) días u otro plazo indicado en el acuse de recibo del pedido, si el requerimiento ha resultado infructuoso, notificarle mediante una segunda carta certificada con acuse de recibo la resolución del Contrato y/o la anulación del pedido en curso por ministerio de la ley.
No obstante lo anterior, el Vendedor se reserva el derecho de rescindir anticipadamente el Contrato, sin que el Cliente tenga derecho a reclamar indemnización de ningún tipo, en los siguientes casos:

  • En caso de fuerza mayor tal y como se define en el artículo 8.2;
  • En caso de modificación de la situación jurídica del Cliente, como liquidación, fallecimiento o insolvencia.
  • En caso de impago según lo establecido en el Artículo 3 o cualquier incumplimiento grave por parte del Cliente.

En caso de cancelación o rescisión total o parcial del Contrato por un motivo citado en esta cláusula o de acuerdo con el Vendedor, los Productos ya fabricados o en proceso de fabricación y los costes y gastos ya incurridos por el Contrato deberán ser abonados por el Cliente.

ARTÍCULO 12 - PRIVACIDAD y PROPIEDAD INTELECTUAL

El Cliente se compromete a tratar de forma confidencial toda la información y todos los documentos comerciales y técnicos, así como todos los objetos que el Vendedor le confíe y que sigan siendo propiedad exclusiva de este último (que es el único titular de los derechos de propiedad intelectual) y se abstendrá de comunicarlos y/o transmitirlos de cualquier forma a terceros, salvo autorización previa por escrito del Vendedor. El Cliente se abstendrá de hacer referencia a su relación comercial con el Vendedor sin la autorización previa y por escrito de éste.

ARTÍCULO 13 - IDIOMA DEL CONTRATO - LEY APLICABLE - RESOLUCIÓN DE LITIGIOS


Cualquier litigio relativo a la aplicación, interpretación y ejecución de las presentes CGV y de las ventas reguladas por las mismas que no esté cubierto por las presentes estipulaciones contractuales se someterá al derecho francés con exclusión de cualquier otro derecho.
Las Partes excluyen expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) y las normas de derecho internacional privado. Las diferencias que puedan surgir entre las Partes en cuanto a la interpretación o ejecución de las presentes CGV deberán resolverse amistosamente entre las Partes.
Si fracasa el intento de resolución amistosa, el litigio se someterá al Tribunal de Comercio en cuya jurisdicción se encuentre el domicilio social del Vendedor, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, incluso en caso de reclamación de tercero o pluralidad de demandados. No obstante, el Vendedor se reserva el derecho de someter el litigio al Tribunal de Comercio de la jurisdicción del establecimiento de que se trate.

ARTÍCULO 14 - RENUNCIA

El hecho de que el Vendedor no se acoja en un momento dado a alguna de las cláusulas de estas CGV no constituirá una renuncia a su derecho a acogerse a las mismas cláusulas en un momento posterior.

ARTÍCULO 15 - DISPOSICIONES VARIAS


El Cliente garantiza que respeta y respetará las disposiciones legales en materia de lucha contra la corrupción. El Cliente se compromete a respetar las normas deontológicas y reconoce que los Productos pueden estar sujetos a restricciones a la exportación derivadas de normativas comunitarias o americanas o de sanciones económicas. El Vendedor declina toda responsabilidad en caso de que los Productos sean reexportados por el Cliente a un destino final prohibido por la normativa vigente.
El Comprador es responsable del cumplimiento de las leyes y reglamentos en vigor relativos a la importación y utilización de los Productos en el país de destino. Si una de las estipulaciones de las CGV o parte de ellas fuera nula en relación con una norma de derecho, se tendrá por no puesta, pero no conllevará la nulidad de las demás estipulaciones de las presentes CGV que permanecerán en vigor entre las Partes. En su caso, toda estipulación declarada nula será automáticamente sustituida por la norma jurídicamente admisible que más se aproxime a la voluntad de las Partes. Cualquier modificación contractual sólo será válida si se acuerda por escrito y es firmada por las Partes.

Versión: junio de 2019